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Licencia de almacenamiento transitorio para desechos radiactivos, práctica tipo II

La licencia es el permiso escrito, otorgado por la Dirección General de Energía -DGE-, para el almacenamiento de material radiactivo.

Normativa

Decreto Ley 11-86, Ley para el Control, Uso y Aplicación de Radioisótopos y Radiaciones Ionizantes y sus Reglamentos.

Requerimientos

A continuación, se detallan los documentos que debe cargar al sistema, de manera separada, así mismo, todos los documentos a presentar deben de estar vigentes a la fecha.

En caso no se encuentre habilitada la casilla correspondiente, para cargar el documento al sistema, cargar en la opción “DOCUMENTOS ADICIONALES”.

Persona o Empresa Individual i. Documento de identificación personal del solicitante: a. NACIONAL: Documento Personal de Identificación (DPI), vigente, de ambos lados b. EXTRANJERO: Pasaporte completo, pasta a pasta ii. Patente de Empresa (cuando proceda)

Persona Jurídica i. Documento de identificación personal del solicitante: a. NACIONAL: Documento Personal de Identificación (DPI), vigente, de ambos lados b. EXTRANJERO: Pasaporte completo, pasta a pasta ii. Documento de constitución de la entidad, razonado por el registro correspondiente donde se haga constar su inscripción definitiva. (para el caso de Sector Público presentar documento del Acta de Constitución de la institución) iii. Documento con que se acredite la calidad con que actúa el Representante Legal (para el caso de Sector Público presentar documento donde consta el nombramiento y el acta de toma de posesión) iv. Patente de Comercio de Empresa y de Sociedad (cuando corresponda)

Para ambas personerías, adjuntar los siguientes formularios y documentos:

  1. DGE-05 “Formulario de Licencia de Almacenamiento de Transitorio para Desechos Radiactivos Practica Tipo II”
  2. Manual de procedimientos, el cual deberá incluir: a. Procedimientos de operación b. Procedimientos de mantenimiento c. Procedimientos de protección y seguridad radiológica d. Procedimientos administrativos importantes para la práctica e. Procedimientos para afrontar situaciones de emergencia o de exposición potencial; y f. Procedimientos de garantía de calidad

DOCUMENTOS ADICIONALES: i. Plan de Seguridad Física de Materiales Nucleares y Radiactivos. Requisito reglamentario, Artículo 19. “Requisitos fundamentales para el otorgamiento de Licencia”, Reglamento de Seguridad Física de Material Nuclear y Radiactivo, Acuerdo Gubernativo 469-2014.

Pasos

1. Debe crear un usuario y contraseña (adherirse al sistema y a las notificaciones electrónicas), o si ya cuenta con usuario solamente debe ingresar al sistema, en el siguiente link: https://servicios.mem.gob.gt/

2. Al completar los documentos solicitados en los requisitos, debe continuar el trámite digitalmente

3. Seleccione el tipo de trámite a realizar y cargue al sistema los documentos.

4. Verifique en su casillero y correo electrónico el resultado final de su gestión.

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Información proporcionada por: Ministerio de Energía y Minas -MEM-