Trámite

Permisos de Trabajo de Personas Extranjeras

Los extranjeros que ingresen legalmente al país necesitan de autorización previa del Ministerio de Trabajo y Previsión Social para trabajar en relación de dependencia, prestando sus servicios a un empleador del sector privado.

Normativa

Acuerdo Gubernativo 528-2003 del Presidente de la República, Reglamento de autorización del trabajo de Personas extranjeras a empleadores del sector privado.

Requerimientos

Encuentre los requisitos en el siguiente enlace: https://www.mintrabajo.gob.gt/index.php/dge/permisos-de-trabajo-a-extranjeros

Pasos

1. Dirigirse al sistema en línea de Permisos de Trabajo a Personas Extranjeras 

  • Creación de cuenta para uso del Sistema en Línea del Departamento de Permisos a Extranjeros
    • Se deberá proveer correo electrónico para recibir notificaciones. 
  • Al momento en que el usuario cree su cuenta, el sistema lo direccionará para llenar formulario de solicitud según corresponda:  
    • Empleadores
    • Extranjeros casados o unicos con guatemaltecos 
    • Extranjeros con hijos guatemaltecos 
    • Solicitantes del refugio 
    • refugiados 
  • Con el formulario de solicitud se deberá adjuntar de forma digital los documetos conforme al Reglamento de Autorización de Permisos para Extranjeros, Acuerdo Gubernativo 528-2003 del Presidente de la República de Guatemala. 
  • Usuario es notificado de la providencia que corresponda, la cual puede ser: 
    • Providencia de tramite: en caso el usuario omita o adjunte de forma incorrecta algún requisito, previo a continuar con el trámite se deberá subsanar lo requerido, en un plazo máximo de 5 días, en caso no sea subsanado, la solicitud será rechazada.
    • Providencia de pago: se deberá realizar en un plazo de 5 días hábiles en el banco correspondiente, debiendo adjuntar la boleta de pago al sistema en línea, en caso el usuario no cumpla con el plazo establecido la solicitud será rechazada. 
    • Resolución de autorización: habiendo realizado el pago correspondiente (dependiendo el tipo de solicitud), el Departamento de Permisos de Extranjeros emitirá la resolución correspondiente, enviando la misma al correo electrónico registrado. 

Renovación o Prórroga: El usuario podrá solicitar la renovación o prórroga del permiso de trabajo, bajo el mismo procedimiento, realizando su solicitud en línea y adjuntando los mismos documentos establecidos en el Acuerdo Gubernativo 528-2003 del Presidente de la República, Reglamento de autorización de trabajo de personas extranjeras, siempre que este sea solicitado con por lo menos 15 días de anticipación al vencimiento del plazo. 

Para recibir apoyo en el trámite el Ministerio de Trabajo y Previsión Social cuenta con una ventanilla de atención al usuario de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs en las Oficinas Centrales del Ministerio, 7 avenida 3-33 Zona 9, Edificio Torre Empresarial. 

Ir al trámite en línea

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Información proporcionada por: Ministerio de Trabajo y Previsión Social -MINTRABAJO-