Trámite

Prestaciones Post Mortem

Proceso que consiste en la recepción y análisis de las solicitudes de prestaciones póstumas presentadas por los beneficiarios, acción que se determina por medio de la emisión de un dictamen en el que se establece la procedencia o improcedencia de dicha solicitud.

El interesado deberá presentar el formulario de solicitud de pago de prestaciones póstumas ante la Oficina Nacional de Servicio Civil o ante la Dependencia en donde prestó sus servicios el trabajador (a) fallecido (a).

Normativa

Artículos: 10, 21, 25 numerales 1, 7 y 8; 61 numeral 2, 6, 93 de la Ley de Servicio Civil; 51, 52, 65, 73 y 74 de su Reglamento; Decreto 42-92 del Congreso de la República; Acuerdo Gubernativo 642-89; Ley de Salarios de la Administración Pública; Acuerdo

Requerimientos

Los documentos esenciales son: a) Certificación o constancia de los servicios prestados, extendida por la dependencia en donde prestó sus servicios; b) Constancia de los dos últimos períodos de vacaciones; c) Certificación de la Partida de Defunción; d) Factura de los gastos funerales; e) Fotocopias del DPI del solicitante y fallecido; Certificación reciente de la partida de matrimonio o de la unión de hecho legalmente declarada; Certificación reciente de las partidas de nacimiento de los hijos menores de edad o incapaces; En caso de tutela, certificación de la resolución judicial que contenga nombramiento y discernimiento del cargo de tutor y protutor. En casos especiales se solicita certificación de nacimiento del servidor fallecido; Declaración jurada prestada ante Notario, Gobernador Departamental o Alcalde de la localidad, por diferentes motivos.

En cada caso particular se solicitan otro tipo de documentos ello en atención a hechos o actos jurídicos que afecgan el estado civil de las personas.

Pasos

  • La persona interesada se presenta a ventanilla única con formulario de solicitud, documentos personales y otros requisitos para tramitar los derechos post mortem.
  • Se recibe el expediente de manera física y se emite usuario y contraseña al solicitante para acceder a Comunicaciones Electrónicas Onsec (CEO) donde podrá consultar el estado de su expediente en cualquier momento.

Luego de la verificación correspondiente, el usuario recibirá el dictamen con firma electrónica por medio del (CEO), mismo que podrá descargar e imprimir, o bien recogerlo de manera presencial en ventanilla única.

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Información proporcionada por: Oficina Nacional de Servicio Civil -ONSEC-