Trámite

Rehabilitación Administrativa

Consiste en resolver la procedencia o improcedencia de la solicitud de los usuarios, para su reincorporación en el Estado. La rehabilitación está regulada en el artículo 78 de la Ley de Servicio Civil y 82 de su Reglamento.

Todo servidor público del Servicio por Oposición que hubiese sido despedido por cualesquiera de las causales señaladas en el artículo 76 de la Ley de Servicio Civil, podrá reingresar al servicio civil después de haber transcurrido tres años, contados desde la fecha de la comisión del acto que dio lugar al despido, siempre que durante tal período hubiere observado buena conducta y se someta a las pruebas de selección de personal establecidas por la ley y sus reglamentos.

Normativa

Artículos: 78 de la Ley de Servicio Civil, 82 del Reglamento de la Ley de Servicio Civil y de manera general lo establecido en la Ley de lo Contencioso Administrativo.

Requerimientos

l trámite se debe realizar en la sede central de la Oficina Nacional de Servicio Civil ubicada en la 13 calle 6-77 zona 1, Edificio Panamericano.

  1. Presentar solicitud escrita dirigida al Director de la Oficina Nacional de Servicio Civil conteniendo:

     a) Nombres, apellidos y datos de identificación personal;
    
     b) Lugar para recibir notificaciones (dirección y número de teléfono);
    
     c) Nombre de la dependencia donde haya prestado sus servicios;
    
     d) Fecha y motivo por el que se hizo efectivo el despido; y
    
     e) Título del puesto y cargo desempeñado.
    
  2. Documentos que deben acompañarse a la solicitud:

     a) Certificación de antecedentes penales recientes;
    
     b) Certificación de la Resolución emitida por la Junta Nacional de Servicio Civil;
    
     c) Dos cartas de recomendación de buena conducta con firmas debidamente legalizadas por notario público o ratificadas por Gobernador Departamental o            Alcalde Municipal; y
    
     d) Copia certificada del Acuerdo de Destitución o Acta de entrega del puesto, extendida por la autoridad nominadora (en la que se pueda verificar el título del puesto en el que fue destituido y la fecha de la misma).

Pasos

  • La persona interesada se presenta a ventanilla única con formulario de solicitud, documentos personales y otros requisitos para realizar su gestión.
  • Se recibe el expediente de manera física y se facilita a la persona su usuario y contraseña para acceder a Comunicaciones Electrónicas Onsec (CEO) a través del cual podrá consultar en cualquier momento el estado de su expediente.
  • Luego de la verificación correspondiente el interesado recibirá el dictamen con firma electrónica por medio del (CEO), mismo que podrá descargar e imprimir o bien recogerlo de manera presencial en ventanilla única.

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Información proporcionada por: Oficina Nacional de Servicio Civil -ONSEC-