Trámite

Autorización de Licencia Administrativa para la tenencia de Animales Peligrosos y/o potencialmente peligrosos.

Es necesario acercarse a la Gobernación Departamental de la localidad para sacar una licencia especial para los perros catalogados como peligrosos. entre los pre-requisitos están: ser mayor de edad, carecer de antecedentes penales graves, certificado de aptitud psicológica y certificado seguro de responsabilidad civil.

Normativa

La presente gestión se encuentra regulada en el Decreto 114-97 del Congreso de la Republica “Ley del Organismo Ejecutivo”, de fecha 13 de Noviembre de 1997; reformado por el Decreto No 63-98 del Congreso de la Republica de fecha 26 de octubre de 1998; Dec

Requerimientos

  1. Llenar el formulario en Gobernación Departamental (Se le dará cuando reúna todos los requisitos).
  2. Ser mayor de edad y tener la capacidad de brindar los cuidados al animal.
  3. Fotocopia y original de DPI o Cedula de Vecindad.
  4. Constituir una póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a tercero, por un monto mínimo de cien mil quetzales (Q 100,000.00), esta se puede adquirir en cualquier afianzadora.
  5. Certificado de salud (se hará constar que el animal no presenta síntomas de enfermedad infecto-contagiosa, que se encuentra desparasitado y que no presenta signos de ser agresivo).
  6. Constancia de vacunación completa del animal expedido por el centro de Salud, el Delegado del MAGA o Veterinario colegiado activo, o en su defecto por la Escuela de Veterinario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, donde haya extensión.
  7. Cancelar el valor correspondiente a la licencia cuyo monto será determinado por el Ministerio de Gobernación mediante resolución.
  8. Certificación de pruebas de socialización y no mostrar signos evidentes de agresividad manifiesta después de los 18 meses de edad para los perros y en el caso de otros animales cuando sean considerados adultos, expedida por adiestradores certificados por Gobernación Departamental que corresponda.
  9. Fotografía reciente del animal. La vigencia de la licencia será de un año, debiendo renovarse a su vencimiento con las mismas formalidades que la primera licencia. Al momento de ser autorizada la licencia, el dueño deberá cancelar el microchip electrónico que le será implantado al animal, éste tendrá toda la información del animal objeto de licencia.

Pasos

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Información proporcionada por: Gobernación Departamental de Huehuetenango