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Traspaso de licencia de transporte extraurbano de pasajeros

Para autorizar las solicitudes de cesión de licencias, los interesados deberán cumplir con presentar los requisitos establecidos en el Artículo 25 del Acuerdo Gubernativo 225-2012 y testimonio de escritura pública de cesión de derechos.

Normativa

Acuerdo Gubernativo 225-2012 REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE EXTRAURBANO DE PASAJEROS POR CARRETERA Y SERVICIO ESPECIAL EXCLUSIVO DE TURISMO, AGRICOLA E INDUSTRIAL

Requerimientos

  1. Carta porteadora original.
  2. Formato de horarios y tarifas original.
  3. Tarjeta de operación original.
  4. Estados financieros de los últimos cinco años, a nombre del cedente y cesionario.
  5. Certificación extendida por la aseguradora respectiva, en la cual haga constar que se ha contratado el seguro de forma ininterrumpida durante la vigencia de la licencia.
  6. Documento personal de Identificación (DPI).
  7. Testimonio de la escritura pública de cesión de derechos.
  8. Acta notarial de declaración jurada para hacer constar la seguridad, capacidad, estado físico y funcional del (los) vehículo (s).
  9. Fotocopia legalizada de la tarjeta de circulación y del certificado de propiedad del (los) vehículo(s), a nombre del cesionario.
  10. Fotocopia legalizada o certificada de la póliza de seguro vigente del vehículo autorizado.
  11. Documento personal de identificación legalizado del interesado o del representante legal.

Pasos

  1. Presentar en la ventanilla la solicitud y los requisitos que se detallan en la página web de la Institución.
  2. Verificar requisitos, recibir, asignar número de expediente e ingresar datos al sistema.
  3. Trasladar expediente al encargado de Archivo para emitir informe de la licencia con las observaciones de importancia.
  4. Recibir expediente, verificar Kardex, emitir Informe de la licencia y trasladar expediente al encargado de clasificación de expedientes, físico y en el sistema.
  5. Clasificar y asignar expediente físico y en el sistema al oficial correspondiente.
  6. Recibir, verificar, analizar y elaborar documento correspondiente para revisión.
  7. Trasladar expedientes en físico y en el sistema para firma del jefe del Departamento de Gestión Documental.
  8. Recibir, revisar, firmar, trasladar expediente físico y en el sistema para autorización.
  9. Recibir, revisar, autorizar, trasladar expediente físico y en el sistema para notificación.
  10. Recibir y notificar al interesado.
  11. Traslada expediente al Archivo, para digitalizar y archivar.
  12. Recibe y resguarda expediente.

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Información proporcionada por: Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda -MICIVI-