Trámite

LICENCIA SANITARIA DE ALIMENTOS (nueva y renovación)

Documento que expide el Departamento de Regulación y Control de Alimentos, mediante el cual se autoriza el funcionamiento de las fábricas de alimentos y bebidas, a nivel nacional. A) Licencia nueva: Cuando se autoriza por primera vez. B) Renovación de la licencia: Cuando se ha vencido la licencia sanitaria nueva.

Normativa

  1. RTCA 67.01.30:06 2. Acuerdo Gubernativo 969-99, Artículo 16 3. Código de Salud, Decreto Numero 90-97, Artículo 140

Requerimientos

  1. Comprobante de pago por derecho a trámite.
  2. Formulario de solicitud: DRCA-004 versión vigente, debidamente llenado y firmado.
  3. Copia de DPI o pasaporte del propietario de la empresa (solo para persona individual)
  4. Copia de la resolución del Instrumento del Diagnóstico Ambiental emitido por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales
  5. Croquis y distribución de la fábrica.
  6. Lista de productos a ser elaborados en la fábrica.
  7. Para personas jurídicas, copia de la constitución de la empresa con su inscripción en el registro correspondiente.
  8. Para personas jurídicas, copia de DPI o pasaporte del Representante Legal de la Empresa.

Pasos

1. Ventanilla de Alimentos recibe expediente y evalúa requisitos de documentación estén completos.

2.Ventanilla de Alimentos traslada el expediente de solicitud de licencia sanitaria nueva o renovación a la Unidad de Monitoreo Vigilancia y Control

3. Coordinación de UMVC revisa el expediente  y lo evalúa.

3.1. Coordinador UMVC,  si aprueba la papelería traslada el expediente al programa correspondiente según el tipo de alimento.

3.2 Coordinador UMVC, si no aprueba la papelería rechaza el expediente.

4. Coordinador UMVC, recibe el expediente, coordina con usuario la fecha de la inspección y añade la actividad de inspección a la programación según disponibilidad de espacio en la misma.

5. El inspector del programa correspondiente realiza la inspección según procedimiento aprobado, registra la información en base de datos y traslada el expediente al Coordinador UMVC.

6. El Coordinador UMVC, recibe el expediente, actualiza la base de datos con la información de la inspección y traslada a la Sección de Emisión de Licencias.

7. La Sección de Emisión de Licencias Sanitarias recibe el expediente, actualiza la base de datos, elabora e imprime la Licencia Sanitaria y traslada la Licencia Sanitaria a  Jefatura del Departamento para su aprobación y firma.

8. Jefatura DRCA, recibe la licencia sanitaria, revisa y firma. Envía la licencia sanitaria ya aprobada y firmada a la Sección de emisión de licencias sanitarias.

9. La Sección de Emisión de Licencias Sanitarias recibe la licencia sanitaria aprobada y elabora una nota de envío a Ventanilla de Alimentos y realiza el traslado.

10. Ventanilla de alimentos, recibe la Licencia Sanitaria para luego entregarla al usuario solicitante. (Fin del  procedimiento)

Ir al trámite en línea

Ver Trámite

Información proporcionada por: Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social -MSPAS-