Trámite

Afiliación y apertura de venta social de medicamentos

Procedimiento por el cual se realiza la afiliación de organizaciones a PROAM y apertura de farmacias

Normativa

Decreto Número 69-98. Ley de Accesibilidad a los Medicamentos, Acuerdo Gubernativo 610-2005. Reglamento de la Ley de Accesibilidad de Medicamentos,

Requerimientos

Formulario de registro firmado y sellado por el representante legal y encargados de compra. Copia autenticada de Nombramiento del representante legal y su respectiva razón de registro. Adjuntar copia de DPI. Copia autenticada Personalidad jurídica (escritura pública de la constitución de la Asociación). Solicitud de Afiliación firmada y sellada por el representante legal. RTU actualizado de la Asociación. Nombramiento de los encargados de compra. Nombramiento de los encargados de la venta. Copia de la tarjeta de salud o certificado médico vigente del encargado(s) de la venta. Copia del diploma de dependiente o auxiliar de farmacia y/o enfermería del encargado(s) de la venta. El local comercial debe cumplir con las condiciones y requisitos establecidos para su funcionamiento. Estar a mil metros de distancia de otro establecimiento afiliado a PROAM. Croquis (mapa digital o dibujo rápido) de la ubicación de la farmacia indicando calles, avenidas, puntos de referencia etc.

Pasos

  1. Reune todos los requisitos para afiliarse a PROAM y los entrega al Encargado de Registros
  2. Realización de locativa del establecimiento inspección y elaboración de informe
  3. Elaboración y aprobación de Convenio
  4. Elaboración y entrega de Licencia Sanitaria
  5. Se agenda cita con el Representante de la Organización para la entrega de la misma.

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Información proporcionada por: Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social -MSPAS-