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Supervisión de Levantamientos Hidrográficos

Un Especialista Hidrógrafo de la Autoridad Marítima Nacional ,será nombrado , con el objeto de verificar que la empresa o persona particular que ejecuté un levantamiento hidrográfico cumpla con los estándares internacionales mínimos, asimismo, controlar la operación de los equipos desde su instalación , durante el levantamiento y en el trabajo de gabinete, para que los datos recolectados , procesados y editados sean validados y certificados por la Autoridad Marítima Nacional.

Normativa

1. Decreto No.56-96 (CONVEMAR)

2. Decreto No. 74-82 (SOLAS) Decreto 85-70 (OHI).

3. Acuerdo Gubernativo No.130-2016.

4.Acuerdo Gubernativo No.85-2019

5.Publicación de la OHI S-44 Manual de levantamientos Hidrográficos.

6.Acuerdo Gubernativo No.51-91 y s

Requerimientos

Para realizar la supervisión del levantamiento, la persona individual o jurídica deberá presentar los requisitos siguientes;

A. Llenar Formulario de solicitud, adjuntando los siguientes documentos:

  1. Descripción de la plataforma hidrográfica (Embarcación) que será utilizada para el levantamiento;

  2. Especificaciones técnicas del equipo hidrográfico que será utilizado;

  3. Descripción geográfica del área donde se requiere realizar el levantamiento batimétrico; y

  4. Planificación y cronograma del levantamiento batimétrico. B. Copia simple o digital del recibo de pago.

Pasos

1. Ingrese a la pagina web de la Autoridad Marítima de Guatemala (https://dgam.mindef.mil.gt/AMG/index.html)
2. Ingrese al apartado SERVICIOS 
3. Descargue el Formulario
4. Llene los datos que se piden
5. Imprima y presente en ventanilla

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Información proporcionada por: Ministerio de la Defensa Nacional -MINDEF-