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Cancelación de patrimonio familiar (plazo vigente)

El propietario solicita la cancelación del patrimonio familiar por vencimiento del plazo y cumplimiento de la mayoría de edad de los integrantes del grupo familiar.

Normativa

1. Constitución Política de la República de Guatemala 2. Ley de lo Contencioso Administrativo 3. Ley de Adjudicación de Bienes Inmuebles Ubicados en Proyectos del Extinto Banco Nacional de la Vivienda 4. Reglamento de Ley de Adjudicación de Bienes Inmuebles Ubicados en Proyectos del Extinto Banco Nacional de la Vivienda 5. Ley de Vivienda 6. Reglamento de la Ley de Vivienda

Requerimientos

  1. Solicitud por escrito con firma legalizada.
  2. Acta notarial de declaración jurada, otorgada y suscrita por todos los integrantes del cuadro familiar, haciendo constar bajo juramento de ley: “a) Que son mayores de edad; b) Que son capaces; c) Que se encuentran en el pleno ejercicio de sus derechos civiles; d) Que ninguno ha sido declarado en estado de interdicción, y e) Que tanto los beneficiarios y el titular del bien inmueble, cesaron a percibir alimentos y cuentan con medios suficientes para su subsistencia”
  3. Fotocopia legalizada completa del documento de identificación de todos los integrantes del grupo familiar.
  4. Testimonio de la escritura pública o contrato en donde se constituyó el patrimonio familiar, debidamente razonado por el Registro de la Propiedad, ORIGINAL, (de no contar con dicho testimonio presentar una certificación del duplicado de la escritura pública o contrato, extendido por el Registro de la Propiedad, (NO MAYOR DE 6 MESES A LA FECHA DE INGRESO).
  5. Testimonio de la carta total de pago, debidamente razonada por el Registro de la Propiedad, ORIGINAL, (este requisito se presenta únicamente en los casos que el inmueble se pagó en concepto de crédito).
  6. Certificación de partidas de nacimiento de cada uno de los integrantes del cuadro familiar. (NO MAYOR DE 6 MESES A LA FECHA DE INGRESO).
  7. Certificación completa ORIGINAL, extendida por el Registro de la Propiedad, en donde consten TODAS las inscripciones de dominio, desmembraciones, gravámenes, anotaciones, limitaciones, y todo lo que pese sobre el inmueble relacionado, (NO MAYOR DE 6 MESES A LA FECHA DE INGRESO).
  8. Último recibo de cancelación total del inmueble (ORIGINAL).
  9. Solvencia de pago, ORIGINAL, extendida únicamente por la Unidad para el Desarrollo de Vivienda Popular.
  10. Certificación del cuadro familiar, ORIGINAL, (verificar que en la certificación estén consignados correctamente los nombres y apellidos de los integrantes del cuadro familiar declarado, de lo contrario será suspendida su solicitud).

Pasos

  1. Llenado de formulario de  cancelación de patrimonio familiar (plazo vigente) y adjunta los requisitos establecidos.
  2. El departamento jurídico recibe y analiza el expediente.
  3. El analista emite dictamen jurídico, realiza el proyecto de resolución.
  4. Visto bueno del jefe del área jurídica y traslada a coordinación general.
  5. Coordinación general analiza, revisa el proyecto de resolución y otorga la firma electrónica avanzada.
  6. El usuario recibe la resolución de patrimonio familiar (plazo vigente).
     

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Información proporcionada por: Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda -MICIVI-