Trámite

106. Certificado para liberación comercial de semilla genéticamente modificada para uso agrícola bajo procedimiento simplificado

Certificado para liberación comercial de semilla genéticamente modificada para uso agrícola bajo procedimiento simplificado

Normativa

Decreto 68-86 Ley de Protección y Mejoramiento Ambiental, Decreto 44-2003. Aprueba el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología Moderna, Acuerdo Ministerial 137-2007.Tarifas por servicios que presta el Ministerio De Agricultura, Ganadería y Alimentación, A través de la Unidad de Normas y Regulaciones, Reglamento Técnico de Bioseguridad de Organismos Vivos Modificados para Uso Agropecuario RT 65.06.01:18 3; y Acuerdo Ministerial 271-2019 Manual de Procedimientos Técnicos Para Uso Confinado, Experimental, Pre-comercial y Comercial de Semilla Genéticamente Modificada Derivado

Requerimientos

─ Información y autorizaciones de otros países. ─ Declaración Jurada de Veracidad de Información ─ Fotocopia de la resolución aprobatoria de viabilidad ambiental ante el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales o Licencia Ambiental vigente. ─ Fotocopia del acta de constitución legal de la entidad ─ Fotocopia del acta notarial de toma de posesión del representante legal y razonamiento de acta del Registro Mercantil ─ Fotocopia completa del DPI de representante legal o propietario ─ Fotocopia patente de comercio y/o sociedad (si aplica) ─ Fotocopia del Registro Tributario Unificado -RTU- de la SAT. En caso de empresa personal, omitir los numerales 3 y 4.

Pasos

─ El usuario podrá solicitar una reunión con el jefe del departamento de biotecnología  en la cual se explique el procedimiento a seguir y los requisitos.  1.El usuario podrá solicitar una reunión con el jefe del departamento de biotecnología  en la cual se explique el procedimiento a seguir y los requisitos. 

─ El usuario descarga el Formulario de Solicitud de Autorización para liberación de semilla genéticamente modificado bajo el procedimiento simplificado. https://visar.maga.gob.gt/visar/2021/fzg/btc/DFRN-01-R-050.docx}

 El jefe o Profesional Analista del Departamento de biotecnología, recibe en forma física el formulario y expediente,  verifica tanto el formulario con su expediente completo. Tendrá quince (15) días para realizar este proceso. 
a) Si no cumple con alguno de los  requisitos administrativos se lo comunicará directamente al solicitante a través de una Boleta de Rechazo, será entregada dentro de los quince (15) días calendario junto con la totalidad de la documentación presentada.
b) Si cumple con todos los requisitos administrativos, el Jefe del Departamento de Biotecnología o el Profesional Analista del Departamento de Biotecnología de la Dirección de Fitozoogenética y Recursos Nativos trasladará a la ANC para que firme el Certificado de Autorización para Liberación Comercial de Semilla GM bajo el Procedimiento Simplificado. 

─ La ANC generará un Certificado de Autorización de Liberación para Uso Comercial de Semilla GM bajo procedimiento simplificado en un plazo de diez (10) días calendario, el Departamento de Biotecnología le comunicará al solicitante para su entrega y firma de recibido. El certificado tendrá una vigencia de cinco (5) años, a partir de la fecha de su emisión.

-El solicitante deberá informar por escrito al Departamento de Biotecnología la fecha exacta del inicio de la liberación comercial bajo el procedimiento simplificado. 4. La ANC generará un Certificado de Autorización de Liberación para Uso Comercial de Semilla GM bajo procedimiento simplificado en un plazo de cinco (5) días calendario, el Departamento de Biotecnología le comunicará al solicitante para su entrega y firma de recibido. El certificado tendrá una vigencia de cinco (5) años, a partir de la fecha de su emisión.
El solicitante deberá informar por escrito al Departamento de Biotecnología la fecha exacta del inicio de la liberación comercial bajo el procedimiento simplificado.

─ Pasado el plazo de cinco (5) años de la aprobación dada por la ANC, el solicitante podrá renovar su Autorización para lo cual deberá presentar a la ANC el formulario actualizado, con treinta (30) días calendario previos a la fecha de vencimiento del Certificado de Autorización. 5.  Pasado el plazo de cinco (5) años de la aprobación dada por la ANC, el solicitante podrá renovar su Autorización para lo cual deberá presentar a la ANC el formulario actualizado, con treinta (30) días calendario previos a la fecha de vencimiento del Certificado de Autorización.
 

Ir al trámite en línea

Ver Trámite

Información proporcionada por: Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación -MAGA-