Trámite

212. Concesión de Permiso de Pesca Artesanal

Concesión de Permiso de Pesca Artesanal, actividad que se realiza sin embarcaciones o con embarcaciones entre cero punto cuarenta y seis toneladas y cero punto noventa y nueve toneladas de regstro neto; se puede realizar en esteros, lagos, lagunas, ríos y mares

Normativa

Ley General de Pesca y Acuicultura Decreto 80-2002 Reglamento de la Ley General de Pesca y Acuicultura Acuerdo Gubernativo 223-2005

Requerimientos

Formulario completo de solicitud Fotocopia legalizada del Documento Personal de Identificación del solicitante

Pasos

—Descargar y llenar formulario disponible en www.maga.gob.gt.

—Presentar formulario de solicitud, adjuntando los requisitos que establece la normativa legal vigente.

— Atender observaciones, si las hubiere

— Recoger el Certificado

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Información proporcionada por: Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación -MAGA-