Trámite

30. Permiso de importación de insumos para uso en animales reactivos pruebas de diagnóstico (kits)

Permiso de importación de insumos para uso en animales reactivos pruebas de diagnóstico (kits)

Normativa

Con base en lo que establece el Acuerdo Ministerial 390-2006 REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE PERSONAS INDIVIDUALES Y JURÍDICAS INTERESADA EN REALIZAR ACTIVIDADES VINCULADAS CON INSUMOS PARA USO EN ANIMALES. Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.51:08 para Medicamentos Veterinarios y Productos Afines. Requisitos de Registro Sanitario y Control, Decreto 36-98 Ley de Sanidad Vegetal y Animal, Acuerdo Gubernativo No. 745-99 Reglamento de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal.

Requerimientos

  1. Formulario completo con datos de los insumos para uso en animales a importar, firmado y sellado.

  2. Certificado de origen emitido por autoridad nacional competente, que indique el nombre de la empresa importadora y número de factura del insumo a importar.

  3. Fotocopia de la factura comercial del insumo a importar firmada y sellada por la empresa importadora identificando los lotes a importar.

  4. Carta de autorización de importación de empresa registrante si la empresa importadora no es la misma.

Pasos

1.Descargar y llenar formulario disponible en www.maga.gobt.gt. 

2.Presentar formulario de solicitud, adjuntando los rquisitos que establece la normativa legal vigente.

3.Efectuar pago correspondiente.

4.Atender observaciones, si las hubiere.

5.Recoger certificado

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Información proporcionada por: Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación -MAGA-