Trámite

Autorizaciones Publicitarias -DRCPFA-

Autorizaciones Publicitarias de medicamentos, plaguicidas de uso doméstico y productos afines.

Normativa

Normativa Técnica 39-2020 Versión 3 y Normativa Técnica 53-2020 Versión 1.

Requerimientos

A. Comprobante de pago. B. Solicitud para autorización publicitaria, formulario F-AS-f-14 en original y copia debidamente llena con los datos solicitados, que deberá ser firmada y selladda por el propietario o representante legal de la empresa, fabricante o distribuidora de los productos o en su lugar el propietario o representante lega de la agencia publicitaria que efectúa el trámite. C. Original y copia de: -Foto-board o Story-board para los anuncios televisados, proyectados en salas cinematográficas y medios similares. -Story-line o texto para los anuncios radiados. -Arte o boceto y texto para los anuncios escritos. D. Textos obligatorios que deben ser incluidos dentro del comerical: -En caso de medicamentos de venta libre, la publicidad requiere del texto obligatorio "CONSULTE A SU MÉDICO SI LOS SINTOMAS PERSISTEN". -En caso de medicamentos de prescripción médica, la publicidad requiere del texto obligatorio "PARA USO EXCLUSIVO DEL PROFESIONAL MÉDICO" -En caso de plaguicidas, la publicidad requiere del texto obligatorio "ANTES DE USARSE LEÁSE DETENIDAMENTE LAS INSTRUCCIONES" . E. Todos los elementos de la solicitud publicitaria y la información complementaria requerida, deberán estar escritos en idioma español con fiel apego a los principios de ética, moral y decencia. F. Toda la documentación correspondiente a la solicitud deberá presentarse en original y copia.

Pasos

1. Se reciben los expedientes de publicidad en la Recepción y Entrega de documentos.

2. Se ingresa a la base de datos los datos de los expedientes de publicidad.

3. Se trasladan los expedientes de Publicidad a los evaluadores para su correspondiente evaluación. 

4. Se trasladan al asistente de publicidad para su correspondiente dictamen, corrección o solicitud para complementar los expedientes. Se les realiza el dictamen o boleta de corrección y se trasladan al encargado de publicidad para firma.

5. Se entregan los expedientes al usuario.

6. Se ingresan los expedientes ya entregados a la base de datos.

7. El usuario al presentar las correcciones y los complementos correspondientes, se revisa y luego se le realiza el dictamen para su entrega.   Luego se archivan los expedientes ya entregados.

8. El personal de la Sección de Publicidad contesta las consultas de usuarios hechas por teléfono, correo electrónico, presencial y reuniones con el encargado de la sección.

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Información proporcionada por: Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social -MSPAS-