Trámite

Autorización y sello de libro de actas y acuerdos de la Asamblea General, actas y acuerdos del Comité Ejecutivo, de registro de socios y de contabilidad de ingresos y egresos de sindicatos, federaciones y confederaciones

Es obligación de los sindicatos llevar los siguientes libros, debidamente sellados y autorizados, por la Dirección General de Trabajo: de actas y acuerdos de la Asamblea General, de actas y acuerdos del Comité Ejecutivo, de registro de socios y de contabilidad de ingresos y egresos.

Normativa

Artículo 225 literal a) y b) del Código de Trabajo, Decreto Número 330 del Congreso de la República de Guatemala. 

Requerimientos

  1. Memorial simple de solicitud de habilitación de los libros y talonarios requeridos con la siguiente información: dirección para recibir notificaciones, motivo de la solicitud, libros y/o talonarios solicitados, copias simples del sello del primer folio y el último folio (si la habilitación es debido a la terminación de los anteriores), denuncia de pérdida o robo si fuese por este motivo. El mismo debe estar firmado por todos los miembros del Comité Ejecutivo.

  2. Libro y/o talonario del cual se solicita la habilitación.

Pasos

El interesado se deberá presentar a las instalaciones del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, 7a Avenida 3-33 zona 9 Edificio Torre Empresarial, 7mo nivel, oficina 704 y presentar los documentos correspondientes. 

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Información proporcionada por: Ministerio de Trabajo y Previsión Social -MINTRABAJO-