Trámite

Registro de Personas Individuales o Jurídicas que se dedican a Cotos de Caza

Áreas privadas donde se reproducen los animales cinegéticos para su posterior cacería.

Normativa

Articulo 44, Ley General de Caza

Requerimientos

Recibo 63A, Copia legalizada del testimonio de la escritura publica de constitucion de sociedad, debidamente registrada, copia legalizada del acta notarial del nombramiento del representante legal y de la constancia de inscripcion en el registro correspondiente, fotocopia legalizada de DPI del representante legal, Acreditar derechos sobre el inmueble del coto de caza, Plan de Manejo, Tecnico Profesional Regente

Pasos

Pendiente

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Información proporcionada por: Consejo Nacional de Áreas Protegidas -CONAP-