Trámite

92. Licencia de Productor Semilla, Partes de Plantas y Plantas Frutales

Licencia de Productor Semilla, Partes de Plantas y Plantas Frutales

Normativa

Decreto Ley y su Reglamento de 1961 y 1962, dictándose Normas Reglamentarias para la Producción, Certificación y Comercialización de Semillas Agrícolas y Forestales, Guatemala 12 de mayo de 1961; En base en el artículo 2° literal h) del Reglamento de Condiciones y Requisitos Básicos para los Semilleristas, Guatemala 19 de enero de 1962; y Acuerdo Ministerial 137-2007 (tarifas). Acuerdo Ministerial 712-2002, Acuérdase establecer los requisitos para la Producción Comercialización de plantas Frutales.

Requerimientos

Requisitos: ─ Fotocopia Patente de Comercio ─ Fotocopia del acta que acredite al Representante Legal. ─ Fotocopia de CUI/DPI del Representante Legal ─ Persona Individual solamente fotocopia CUI/DPI y ─ Recibo de pago del valor de la licencia, emitido por BANRURAL.

Pasos

–Descargar, llenar e imprimir la solicitud en página web (https://visar.maga.gob.gt/?page-id=6215) y adjuntar documentos de soporte de requisitos.

- Realizar pago en Banrural

– Presentar solicitud, con los documentos de soporte de requisito, en la Oficina de Servicio al Usuario.

– Recoger autorización en la Ventanilla de la OSU luego de recibir la notificación de aprobación. 

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Información proporcionada por: Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación -MAGA-