Trámite

Autorización de rifas

Cumplir con lo legalmente establecido, para la realización de rifas y entrega de los premios a los ganadores.

Normativa

Decreto Número 114-1997, Ley del Organismo Ejecutivo; Decreto Número 119-1996, Ley de lo Contencioso Administrativo; Acuerdo Gubernativo No.54-2015, del Ministerio de Gobernación, de fecha 12/Febrero/2015; Acuerdo Ministerial No.317-2015, del Señor Ministro de Gobernación, de fecha 11/Mayo/2015;

Requerimientos

  1. Solicitud escrita, dirigida a Señor(a) Gobernador(a) Departamental de Quetzaltenango;
  2. Fotocopia legalizada del Documento Personal de Identificación DPI, del solicitante;
  3. Fotocopia legalizada de la constancia de inscripción al Registro Tributario Unificado RTU, del solicitante;
  4. Fotocopia legalizada de la Escritura Pública o del Instrumento de Constitución de la entidad;
  5. Fotocopia legalizada de la Razón de inscripción de la Escritura Pública o instrumento de constitución de la entidad, emitida por el Registro correspondiente;
  6. Fotocopia legalizada del Acta Notarial de Nombramiento del presidente y Representante legal de la entidad (verificar que cumpla con los requisitos legales);
  7. Fotocopia legalizada Razón de inscripción Acta Notarial de Nombramiento del presidente y Representante legal de la entidad (El Nombramiento deberá estar vigente);
  8. (Para establecimientos educativos) Fotocopia legalizada del Acta de Asamblea de Padres de Familia, donde se acuerda la realización de la Rifa;
  9. (Para establecimientos educativos) Original del Visto Bueno y aval para realización de la rifa, emitida por el Supervisor Educativo competente;
  10. Para Asociaciones, fundaciones, ONGs, y centros educativos, fotocopia legalizada de la constancia de inscripción al Registro Tributario Unificado RTU;
  11. Fotocopias legibles y legalizadas de las facturas de los premios que se sortearan, indicando en la parte superior de cada factura el orden del premio a que corresponde, ya sea el primero, segundo, etc., premio;
  12. Verificar que las facturas de los premios estén a nombre completo de la entidad que promueve la rifa, esté consignado el número de NIT de la entidad y esté consignado todos los datos del producto o premio a sortear.
  13. Tener en físico los premios que se sortearan para su observación o verificación por parte de los representantes de Gobernación Departamental, el día que se le indique;
  14. Modelo de los boletos que se venderán, que servirán para llevar el control de la rifa, que acreditará la participación de las personas en el sorteo y rifa y cobro del premio cuando proceda. Los boletos que se expedirán para la rifa, deben contener como mínimo los siguientes datos: 1) Identificación de la entidad que promueve la rifa; 2) Dirección y número de teléfono de la entidad que promueve la rifa; 3) Breve explicación del beneficio de la rifa; 4) Lugar, fecha y hora del sorteo de la rifa; 5) Valor del número; 6) Número del boleto; 7) Número de resolución de autorización de la rifa; 8) Indicación de los premios; 9) Espacio para consignar el nombre, dirección y teléfono de quien adquiere el número de rifa; 10) Para los establecimientos educativos, en cada hoja donde consta los números de la rifa, consignar Visto Bueno y Nombre, firma, cargo y sello del Supervisor Educativo competente.

Pasos

  1. Presentar solicitud escrita de autorización de rifa, dirigida a Señor(a) Gobernador(a) Departamental de Quetzaltenango y documentación de soporte.
  2. Revisión de expediente para su respectiva autorización.
  3. Elaboración de resolución para su autorización. 
  4. Aprobación de la resolución con firma y sello de autoridad máxima.
  5. Se realiza la notificación de la autorización respectiva, a la parte solicitante.

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Información proporcionada por: Gobernación Departamental de Quetzaltenango