Trámite

Programa de Registro sanitario de alimentos

El usuario inicia el trámite de Registro Sanitario de Referencia de Alimentos en el DRGRVCS/DRCA dónde es aprobado el expediente, luego es remitido al LNS dónde se solicita al usuario vía correo electrónico que presente muestras para ingreso al LNS.

Normativa

• Constitución Política de la República de Guatemala, Artículos 94, 95 y 96.

• Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Artículos 16 y 22.

• El Decreto Número 90-97 del Congreso de la República de Guatemala, Código de Salud, en el Artículos 4, 38, 129, 134.

• El Acuerdo Gubernativo Número 115-99, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, Artículo 29, 30 y 36.

• Acuerdo Ministerial Número 91-2017, Manual de Organización y Funciones de la Dirección General de Regulación, Vigilancia y Control de la Salud y sus Dependencias

Requerimientos

Expediente: licencia sanitaria, formulario 32-2006 (aprobado por el DRCA), etiqueta original y complementaria (si aplica) aprobadas por el DRCA, contraseña de recepción de muestras, copia del recibo 63-A2.

Pasos

LINEAMIENTOS GENERALES                                        

1. No se aceptan muestras vencidas.
2. El tiempo mínimo entre la fecha de vencimiento y la fecha de recepción de la muestra debe ser 5 días hábiles si es una muestra perecedera, si es una muestra no perecedera debe tener mínimo 3 meses de vigencia. Si la muestra viene fuera de ese parámetro, se consulta con el supervisor del área, previo a proceder a su devolución y/o aceptación.

3. La cantidad mínima de muestras a presentar es 400 gramos. 
NOTA: Para muestras registro la cantidad mínima de muestra varía según disposiciones internas con previa autorización. 
4. Todas las muestras remitidas deben ser del mismo lote de fabricación y fecha de vencimiento.
5. Verificar que las muestras estén en condiciones apropiadas de temperatura, embalaje según el tipo de alimento. 
6. Si se rechazan muestras de registro se debe registrar en el formato UALF001 “Constancia de rechazo – Unidad de Alimentos”  

LINEAMIENTOS DE INGRESO                                                               

1. El expediente debe contener formulario DRCA 32-2006 (firma y sello en ambas páginas del formulario para expediente físico) y etiqueta(s) aprobada(s) por el DRCA, licencia sanitaria, comprobante de pago.
2. Verificar que la(s) etiqueta(s) de cada muestra coincida con la aprobada por el Departamento de Regulación y Control de Alimentos.
3. Verificar que cada muestra cumpla con los lineamientos generales establecidos en los lineamientos generales de este procedimiento. Si no cumple con alguno de ellos la muestra es rechazada y se llena el formato UALF001 “Constancia de rechazo – Unidad de Alimentos”.
4. Constatar que coincida la cantidad de muestras solicitadas por el LNS y las presentadas por el usuario. 
NOTA: Si el usuario presenta en Ventanilla menor cantidad de muestras a las solicitadas o si la muestra ha sido manipulada (por ejemplo, si presenta contra muestras de la muestra original), deberá presentar una carta de responsabilidad, la cual debe ser adjuntada al expediente.
5. Firmar de recibido en la contraseña de recepción de documentos.
6. Etiquetar todas las muestras presentadas por el cliente con la codificación asignada por el DRCA.
7. Ingresar datos de las muestras recibidas en la base de datos.
8. Informar al personal de Bodega de Muestras que se deben recoger las muestras y expedientes en la ventanilla.
9.  El personal de bodega debe realizar la identificación de las muestras en el libro de reporte respectivo, luego trasladar las muestras y expediente a la persona asignada para realizar la programación de ensayo.
10. Realización del ensayo correspondiente.
11.  Revisión de resultados y emisión de informe interno.
12.  Si el expediente tiene incumplimiento en los resultados de ensayo se notifica al usuario para que dé respuesta a lo indicado en el correo de notificación en un lapso de 15 días.
NOTA: si el usuario no responde a la notificación en el tiempo establecido o está de acuerdo con los resultados de ensayo, se envía el informe final de resultados al DRCA.
13.  Digitación de informe preliminar para posterior revisión por cada Área.
14. Impresión de informe final y firma del mismo por Coordinación de la Unidad de Alimentos.
15.  Área de Archivo del LNS realiza envío de informes de resultados al DGRVCS/DRCA.  

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Información proporcionada por: Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social -MSPAS-