Trámite

Registro de Accidentes Laborales

De conformidad con el artículo 302 del Acuerdo Gubernativo 229-2014 Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional, entre las responsabilidades de los patronos está la vigilancia de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, los cuales debe de registrar y reportar conforme a la normativa vigente.

Normativa

Acuerdo Gubernativo 229-2014 del Presidente de la República, Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional. 

Acuerdo Ministerial 191-2010 del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. 

Requerimientos

Llenar formulario electrónico en línea de reporte de accidentes o enfermedades profesionales o, en caso ser procedente, llenar formulario de reporte de cero accidentes o enfermedades profesionales.

Pasos

Empleador deberá llenar los formularios electrónicos que se detallan a continuación: 

Formulario de accidentes o enfermedades profesionales

Reporte de cero accidentes y/o cero enfermedades profesionales

Asimismo, el empleador interesado podrá realizar dicho trámite de manera presencial en las instalaciones del Ministerio de Trabajo y Previsión Social 7 avenida 3-33 Zona 9 - Edificio Torre Empresarial, septimo nivel, oficinas del Departamento de Salud y Seguridad Ocupacional, para lo cual debe presenar el formulario en original y copia del mismo (para firma y sello de recibido)

Ir al trámite en línea

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Información proporcionada por: Ministerio de Trabajo y Previsión Social -MINTRABAJO-