Trámite
Registro de Accidentes Laborales
De conformidad con el artículo 302 del Acuerdo Gubernativo 229-2014 Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional, entre las responsabilidades de los patronos está la vigilancia de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, los cuales debe de registrar y reportar conforme a la normativa vigente.
Normativa
Acuerdo Gubernativo 229-2014 del Presidente de la República, Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional.
Acuerdo Ministerial 191-2010 del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
Requerimientos
Llenar formulario electrónico en línea de reporte de accidentes o enfermedades profesionales o, en caso ser procedente, llenar formulario de reporte de cero accidentes o enfermedades profesionales.
Pasos
Empleador deberá llenar los formularios electrónicos que se detallan a continuación:
Formulario de accidentes o enfermedades profesionales
Reporte de cero accidentes y/o cero enfermedades profesionales
Asimismo, el empleador interesado podrá realizar dicho trámite de manera presencial en las instalaciones del Ministerio de Trabajo y Previsión Social 7 avenida 3-33 Zona 9 - Edificio Torre Empresarial, septimo nivel, oficinas del Departamento de Salud y Seguridad Ocupacional, para lo cual debe presenar el formulario en original y copia del mismo (para firma y sello de recibido)
Ir al trámite en línea
Ver TrámiteInformación proporcionada por: Ministerio de Trabajo y Previsión Social -MINTRABAJO-