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Cambio de registro de operación para depósito de almacenamiento de consumo propio categorías "A-1" y "A"

El cambio de registro de operación de la licencia para Depósito de almacenamiento de consumo propio Categorías A y A-1, es un autorización para operar las instalaciones para consumo propio, que cuente con licencia de operación vigente otorgada a persona diferente, al solicitante.

Normativa

Ley de Comercialización de Hidrocarburos Decreto No. 109-97 y su Reglamento, Acuerdo Gubernativo No. 522-99.

Requerimientos

A continuación, se detallan los documentos que debe cargar al sistema, pueden ser originales emitidos en forma electrónica o copias digital en formato PDF, de manera separada, así mismo, todos los documentos a presentar deben de estar vigentes a la fecha:

Para una persona individual: ● Documento Personal de Identificación (DPI) o pasaporte si fuera extranjero (aplica si no ha actualizado sus datos). ● Patente de Comercio de Empresa. ● Constancia del Registro Tributario Unificado (RTU).

Para una persona jurídica: ● Documento Personal de Identificación (DPI) o pasaporte si fuera extranjero (aplica si no ha actualizado sus datos). ● Testimonio de la Escritura Constitutiva (con inscripción definitiva en el Registro Mercantil). ● Acta de Nombramiento de Representante Legal (vigente e inscrito en el Registro Mercantil). ● Constancia del Registro Tributario Unificado (RTU). ● Patente de Comercio de Empresa. ● Patente de Comercio de Sociedad.

Para ambas personerías, adjuntar los siguientes formularios y documentos: ● S-03 "Formulario de solicitud de cambio de registro de operación de licencia de petróleo y productos petroleros". ● Título de propiedad o contrato de arrendamiento vigente del inmueble o mueble a favor del interesado. (se requiere la inscripción en el Registro de la Propiedad de lo siguiente: contratos en los que se constituya usufructo, contratos en los que se constituya fideicomiso, el arrendamiento o subarrendamiento, cuando lo pida uno de los contratantes; y obligatoriamente, cuando sea por más de tres años o que se haya anticipado la renta por más de un año y la posesión que conste en título supletorio legalmente expedido. Artículo 1,125 del Código Civil). ● Póliza de seguro vigente a favor del interesado cobertura mínima de las responsabilidades por daños a terceros, bienes materiales y al medio ambiente, será la siguiente: Depósito para el consumo propio, cien mil quetzales (Q100,000) dentro de área urbanas y cincuenta mil quetzales (Q50,000) en áreas rurales, en ambos casos por cada diez mil galones americanos de capacidad de almacenamiento de petróleo y/o productos petroleros, monto que se aplicará en forma proporcional a volúmenes mayores o menores al indicado. ● Certificado de funcionalidad de los tanques y tuberías ya instaladas, emitido por una empresa autorizada por la Dirección General de Hidrocarburos. Para tanques de GLP no se presenta este documento. (aplica si el mismo no se encuentra vigente en el expediente).

Descargar formularios: Deben ser llenados, impresos, firmados y digitalizados para cargarlos al sistema en el espacio que le corresponde. S-03

Pasos

1. Al completar los documentos solicitados en los requisitos, debe continuar el trámite digitalmente en el siguiente link: https://servicios.mem.gob.gt/

2. Debe crear un usuario y contraseña (adherirse al sistema y a las notificaciones electrónicas), o si ya cuenta con usuario solamente debe ingresar al sistema.

3. Seleccione el tipo de trámite a realizar y cargue al sistema los documentos.

4. Verifique en su casillero y correo electrónico el resultado final de su gestión.

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Información proporcionada por: Ministerio de Energía y Minas -MEM-