Trámite

RECEPCIÓN OFICIAL Y LIBRE PLÁTICA

Todo vehículo marítimo con destino a Guatemala, al ingresar a mar territorial deberá izar la bandera guatemalteca y la de la nación bajo cuya patente navegue; así́ como la de sanidad y la de peligro en los casos en que transporte materiales inflamables y explosivos.

Normativa

  • Acuerdo Gubernativo 130-2016 de fecha 27 de junio 2016, “Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de la Defensa Nacional” y su reforma Acuerdo Gubernativo 90- 2020 de fecha 14 de julio 2020.
  • Acuerdo Gubernativo 165-2017 de fecha 28 de julio de 2017, “Creación de las Comandancias y Capitanías de Puerto, para los mares de la República de Guatemala; y Comandancias y Capitanías Lacustres, para los lagos de la República de Guatemala.
  • Acuerdo Gubernativo 85-2019 de fecha 1 de junio 2019, Designar al Ministerio de la Defensa Nacional como institución responsable de la administración, regulación e implementación de los Convenios OMI.
  • Acuerdo Ministerial 39-90, “Reglamento de control de Ingreso, permanencia y egreso de las embarcaciones del tipo turista”
  • Acuerdo Ministerial 16-2008 de fecha 21 de julio de 2008, “Normativa de procedimiento de inscripción, matriculación y abanderamiento de buques, embarcaciones y artefactos navales”
  • Acuerdo Ministerial número 3-2015, Política de Seguridad Marítima del Ministerio de la Defensa Nacional.
  • Procedimiento No. PR-IAD/DNO-DE-18 de fecha 20 de agosto de 2018, Procedimiento para la autorización de la importación temporal con reexportación para vehículos con fines no lucrativos.

Requerimientos

A. Copia simple o digital hoja de zarpe del último puerto;

B. Copia simple o digital de la declaración general;

C. Copia simple o digital de la declaración de carga;

D. Copia simple o digital de la declaración de provisiones del vehículo marítimo;

E. Copia simple o digital de la declaración de efectos de la tripulación;

F. Copia simple o digital de la lista de la tripulación y pasajeros; y

G. Copia simple o digital de la declaración de Sanidad.

H. Copia simple o digital del recibo de pago.

Pasos

Ingreso a ventanilla única marítima de la documentación requerida según el convenio FAL 65, lineamientos y necesidades del buque. (plataforma digital intergubernamental)

Revisión y autorización en plataforma intergubernamental según competencia y análisis de riesgo de cada autoridad

Autorización de la Libre plática.

Inspección por Autoridad Marítima, Autoridad Sanitaria, Autoridad Migratoria.

Análisis de resultado de las inspecciones del buque para registrarlo en  las diferentes plataformas y entidades gubernamentales.

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Información proporcionada por: Ministerio de la Defensa Nacional -MINDEF-