Trámite

Registro de Radioperiódicos, Noticieros y Programas de Comentarios

Toda persona que solicite el registro de radioperiódicos y noticieros y programas de comentarios, deberá llenar el formulario electrónico que estará disponible en la página web de la Dirección General de Radiodifusión y Televisión Nacional.

Normativa

Decreto Ley 433, Ley de Radiocomunicaciones

Requerimientos

Adjuntando digitalmente los documentos siguientes: a) Carta de la radio donde será transmitido el radioperiódico, noticieros y/o programas de comentarios; b) Carta de la entidad de prensa a donde pertenece; c) Documento personal de Identificación en su anverso y reverso

Pasos

Llenar formulario electronico

Ir al trámite en línea

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Información proporcionada por: Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda -MICIVI-