Trámite

Inscripción de aeronave no tripulada

El procedimiento de inscripción de aeronave no tripulada, consiste en la obtención del Certificado de Distintivo UAV

Normativa

* RAC 45                                                         

* Ley de Aviación Civil                     

* Reglamento de la Ley de Aviación Civil                                          

* Manual de Normas y Procedimientos del RAN

Requerimientos

A. Si la persona es individual:

  1. Formulario Único para tramites de aeronaves no tripuladas -UAV- firmado por el propietario.
  2. Original o copia legalizada de la póliza de seguro vigente en la que aparezca el número de Distintio.
  3. Copia legalizada de la póliza de importación de la aeronave o Declaración Única Aduanera –DUCA- extendida por la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT- (completa) (cuando aplica).
  4. Copia simple del primer testimonio de la escritura pública de declaración jurada de propiedad de la aeronave no tripulada, debidamente inscrita en el Registro General de la Propiedad. (cuando aplique)
  5. Certificación original que contenga el historial completo de la inscripción de la aeronave no tripulada en el Registro General de la Propiedad.
  6. Pago de Q.1000.00 (Inscripción) + Q.1000.00 (Primer Certificado de Matrícula).
  7. Inspección técnica de la aeronave (trámite interno). 8. Tres Fotografías de la aeronave en la que se aprecie el número de Distintivo, tamaño postal, con fecha, clara e iluminada.

B. Si es Persona Jurídica:

  1. Formulario Único para tramites de aeronaves no tripuladas -UAV- firmado por el representante legal de la entidad propietaria.
  2. Original o Copia legalizada de la póliza de seguro vigente en la que aparezca el número de Distintivo.
  3. Copia simple de la póliza de importación de la aeronave o Declaración Única Centro Americana –DUCA- extendida por la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT- (completa) (cuando aplique).
  4. Copia legalizada del primer testimonio de la escritura pública de declaración jurada de propiedad de la aeronave no tripulada, debidamente inscrita en el Registro General de la Propiedad. (cuando aplique)
  5. Certificación original que contenga el historial completo de la inscripción de la aeronave no tripulada en el Registro General de la Propiedad.
  6. Tres Fotografías de la aeronave en la que se aprecie el número de Distintivo, tamaño postal, con fecha, clara e iluminada.
  7. Certificaciones extendidas por el Registro Mercantil de la República de la inscripción de: i. La entidad propietaria.
    ii. El acta notarial de nombramiento del representante legal.
  8. Certificado de Operador Aéreo y las Limitaciones y Especificaciones de Operación emitido por la Gerencia de Estándares de Vuelo (si la aeronave fuera de categoría comercial)
  9. Inspección técnica de la aeronave.
  10. Pago de Q.1000.00 (Inscripción) + Q.1000.00 (Primer Certificado de Matrícula).

Pasos

1. Después de obtener su reserva de distintivo inicia la solicitud mediante formulario único para trámites de aeronaves no tripuladas UAV.

2. Recibir expediente y traslada al analista legal

3. Verificar que el usuario cumpla con todos los documentos necesarios para su trámite, previa inspección de la aeronave.
a. Elaboración de la resolución que declare la inscripción de aeronave.
b. Elaboración del previo para notificar al usuario (cuando corresponda).

4. Firma de Resolución por parte de la Registradora para notificación al usuario.

5. Notificar al usuario, resolución con firma de la Registradora.

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Información proporcionada por: Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda -MICIVI-