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Renovación de Registro de Reconocimiento mutuo de plaguicidas de uso domestico y de uso profesional -DRCPFA-

Emision del Certificado de Registro Sanitario para productos Plaguicidas de uso doméstico, Plagicidas de uso profesional , Productos Repelentes de uso externo en Humanos y Productos Repelentes de uso en ambientes con vigencia de cinco años. El Certificado de Registro Sanitario es el documento extendido por el MSPAS a través de la Sección de Autorizaciones Sanitarias de Productos Farmacéuticos, en el cual se hace constar que un producto plaguicida ha pasado el proceso de evaluación relativo a la calidad, seguridad y eficacia y cumple con todos los requisitos establecidos en la legislación nacional aplicable vigente, para poder ser importado y comercializado en la República de Guatemala.

Normativa

1. Reconocimiento de Registro de Plaguicidas de Uso Doméstico y Plaguicidas de Uso profesional
2. Reglamento Técnico Centroamericano. Productos Farmacéuticos, Medicamentos para uso humano. Requisitos de Registro Sanitario y lo estipulado en el Código de salud Decreto 90-97 del Congreso de la República de Guatemala

Requerimientos

  1. Comprobante de pago por derecho de tramite y vigilancia.
  2. Formulario de solicitud de reconocimiento firmada y sellada por el profesional responsable.
  3. Hoja de seguridad aprobada por la Autoridad Reguladora del país que otorgo el Registro Sanitario (únicamente cuando el producto ha sufrido cambios)
  4. Etiqueta original y embalaje aprobado por la Autoridad Nacional Competente del país de origen (únicamente cuando la etiqueta originalmente aprobada ha sido modificada)
  5. Copia completa del dossier actualizado a la fecha en el pais que otrorgó el registro.
  6. Certificado de registro debidamente legalizado, que contenga el numero y la fecha de registro.

Pasos

1. Realiza el pago del arancel correspondiente
2.Tramita los recibos 63-A2 del DRCPFA y LNS (por tramite de vigilancia)
3. Descarga de la página del DRCPFA el formulario de solicitud correspondiente.
4. Completa expediente de acuerdo a requisitos en Legislacion nacional aplicable vigente
5. Ingresa expediente a DRCPFA junto con copia de recibos 63-A2 del DRCPFA y LNS (cuando aplique)
6. En el DRCPFA se revisa la documentacion y se emite el No. de Correlativo correspondiente.
7. En caso de aprobacion, recoge Certificado de Registro Sanitario u Oficio de autorizacion (Segun aplique) con No de Correlativo 

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Información proporcionada por: Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social -MSPAS-