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Renovación para una Clínica de Nutrición -DRACES-
La emisión de la Licencia Sanitaria, es el procedimiento por el cual el Departamento otorga la autorización para la instalación y funcionamiento de los Establecimientos, luego de haber cumplido con los requisitos para la habilitación, registro y autorización establecidos en el Acuerdo Gubernativo No. 376-2007 y las normativas específicas. La licencia sanitaria tendrá vigencia de 5 años, salvo por infracciones al Código de Salud, Leyes, Reglamentos y Normas Técnicas sanitarias vigentes en el país y su validez será para el establecimiento identificado con los datos registrados en la misma. La licencia sanitaria debe estar a la vista del público.
Normativa
No cuenta
Requerimientos
- Ingresar al portal web del MSPAS: https://www.mspas.gob.gt/
- Ingresar al apartado de “Servicios” y posteriormente a “DRACES”
- Seleccionar el trámite que desea realizar ante el Departamento: a. Apertura de Establecimiento b. Renovación de Establecimiento c. Traslado de Establecimiento d. Modificación de Licencia Sanitaria e. Cierre de Establecimiento f. Autorización de Jornada Médica
- Descargar los formularios de Solicitud, Requisitos y Guía de habilitación según la categoría del establecimiento.
- Completar la información que se le solicita en los documentos descargados. El formulario de Solicitud y la Guía de habilitación debe llenarlo de manera digital o a mano. Si es a mano que sea con letra clara y legible.
- Completar la documentación requerida para conformar el expediente en el orden que aparecen en el listado de requisitos, de preferencia en folder tamaño oficio y con gancho.
- Foliar el Expediente de acuerdo al orden del listado de los requisitos.
- Presentar el expediente físico en DRACES (Avenida Bolívar 28-07 zona 8, segundo nivel) para ser revisado por la Unidad de Autorización y Acreditación, en donde se le confirmará la categoría a la cual pertenece su establecimiento y el arancel a pagar, según el Acuerdo Gubernativo 53-2022 y el Acuerdo Gubernativo 68-2023.
- Descargar el Formulario de Boleta de Pago que se encuentra en el apartado de Aranceles, en el cual le indica el monto a pagar de acuerdo al tipo de establecimiento.
- Realizar el pago del arancel correspondiente de acuerdo a la tabla adjunta. Adicional al Formulario de Boleta de Pago, presentar la boleta de depósito del Banco de Desarrollo Rural –BANRURAL- en el Departamento en donde se le emitirá el Recibo 63-A2 (Recibo de Ingresos Varios de la CGC) y se le entregará original y fotocopia. La fotocopia debe adjuntarla al expediente. El pago debe realizarse a la cuenta monetaria BANRURAL No. 3621014128 a nombre de FONDO PRIVATIVO – DRACES.
a. No se gestionarán reintegros, complementos o reversiones por errores en el pago de aranceles y multas.
b. Forma de pago en Banrural: únicamente efectivo, transferencia de Banrural a Banrural y/o cheque propio o cheque de caja. NO SE ACEPTA TRANSFERENCIA ACH, NI CHEQUES DE OTROS BANCOS. - Luego de realizar el pago, presentar el expediente nuevamente a la Unidad de Autorización y Acreditación, si éste cumple con los requisitos y aprueba la supervisión, DRACES emitirá la Licencia Sanitaria en el plazo indicado. NOTA: No realizar el pago de arancel hasta asegurar que la documentación e información descrita en los documentos correspondan con la categoría de su establecimiento IMPORTANTE a. En el caso de cambio de nivel o categoría del Establecimiento, deberá realizar el procedimiento de cierre de éste (ver requisitos de cierre), y posteriormente realizar el trámite de apertura del nuevo Establecimiento (la nueva categoría del Establecimiento). b. Si su Establecimiento se encuentra categorizado como Sanatorio o Casa de Salud, deberá cumplir con las condiciones descritas en la Norma Técnica No. 20-2021-DRACES HOSPITALES. c. Si el establecimiento se ubica fuera del Departamento de Guatemala y no tiene constancia de supervisión de DRACES, se debe adjuntar el Certificado de habitabilidad original extendido con fecha no mayor de seis meses y firmado por el Coordinador Municipal de Salud (director del Centro de Salud), según Oficio Circular 191-2019 emitido por la Dirección General del SIAS (Direcciones Departamentales de Redes Integradas de Servicios de Salud). Si el establecimiento tiene constancia de supervisión aprobada de DRACES con fecha menor a un año, se adjunta la copia entregada durante la supervisión. d. Los títulos y diplomas que se presentan en DRACES, deben estar debidamente acreditados con el sello de registro en el Departamento de Formación y Educación en Salud de la Dirección de Formación, Educación e Investigación en Salud del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (9ª. Avenida 14-65 Zona 1, Guatemala. Tel: 2492-0707, Extensión 604 y 605). Para mayor información consultar el siguiente enlace https://formacion.mspas.gob.gt/
Pasos
- Ingresar al portal web del MSPAS: https://www.mspas.gob.gt/
- Ingresar al apartado de “Servicios” y posteriormente a “DRACES”
- Seleccionar el trámite que desea realizar ante el Departamento:
- Apertura de Establecimiento
- Renovación de Establecimiento
- Traslado de Establecimiento
- Modificación de Licencia Sanitaria
- Cierre de Establecimiento
- Autorización de Jornada Médica
- Descargar los formularios de Solicitud, Requisitos y Guía de habilitación según la categoría del establecimiento.
- Completar la información que se le solicita en los documentos descargados. El formulario de Solicitud y la Guía de habilitación debe llenarlo de manera digital o a mano. Si es a mano que sea con letra clara y legible.
- Completar la documentación requerida para conformar el expediente en el orden que aparecen en el listado de requisitos, de preferencia en folder tamaño oficio y con gancho.
- Foliar el Expediente de acuerdo al orden del listado de los requisitos.
- Presentar el expediente físico en DRACES (Avenida Bolívar 28-07 zona 8, segundo nivel) para ser revisado por la Unidad de Autorización y Acreditación, en donde se le confirmará la categoría a la cual pertenece su establecimiento y el arancel a pagar, según el Acuerdo Gubernativo 53-2022 y el Acuerdo Gubernativo 68-2023.
- Descargar el Formulario de Boleta de Pago que se encuentra en el apartado de Aranceles, en el cual le indica el monto a pagar de acuerdo al tipo de establecimiento.
- Realizar el pago del arancel correspondiente de acuerdo a la tabla adjunta. Adicional al Formulario de Boleta de Pago, presentar la boleta de depósito del Banco de Desarrollo Rural –BANRURAL- en el Departamento en donde se le emitirá el Recibo 63-A2 (Recibo de Ingresos Varios de la CGC) y se le entregará original y fotocopia. La fotocopia debe adjuntarla al expediente. El pago debe realizarse a la cuenta monetaria BANRURAL No. 3621014128 a nombre de FONDO PRIVATIVO – DRACES.
- No se gestionarán reintegros, complementos o reversiones por errores en el pago de aranceles y multas.
- Forma de pago en Banrural: únicamente efectivo, transferencia de Banrural a Banrural y/o cheque propio o cheque de caja. NO SE ACEPTA TRANSFERENCIA ACH, NI CHEQUES DE OTROS BANCOS.
- Luego de realizar el pago, presentar el expediente nuevamente a la Unidad de Autorización y Acreditación, si éste cumple con los requisitos y aprueba la supervisión, DRACES emitirá la Licencia Sanitaria en el plazo indicado.
NOTA: No realizar el pago de arancel hasta asegurar que la documentación e información descrita en los documentos correspondan con la categoría de su establecimiento
IMPORTANTE
- En el caso de cambio de nivel o categoría del Establecimiento, deberá realizar el procedimiento de cierre de éste (ver requisitos de cierre), y posteriormente realizar el trámite de apertura del nuevo Establecimiento (la nueva categoría del Establecimiento).
- Si su Establecimiento se encuentra categorizado como Sanatorio o Casa de Salud, deberá cumplir con las condiciones descritas en la Norma Técnica No. 20-2021-DRACES HOSPITALES.
- Si el establecimiento se ubica fuera del Departamento de Guatemala y no tiene constancia de supervisión de DRACES, se debe adjuntar el Certificado de habitabilidad original extendido con fecha no mayor de seis meses y firmado por el Coordinador Municipal de Salud (director del Centro de Salud), según Oficio Circular 191-2019 emitido por la Dirección General del SIAS (Direcciones Departamentales de Redes Integradas de Servicios de Salud). Si el establecimiento tiene constancia de supervisión aprobada de DRACES con fecha menor a un año, se adjunta la copia entregada durante la supervisión.
- Los títulos y diplomas que se presentan en DRACES, deben estar debidamente acreditados con el sello de registro en el Departamento de Formación y Educación en Salud de la Dirección de Formación, Educación e Investigación en Salud del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (9ª. Avenida 14-65 Zona 1, Guatemala. Tel: 2492-0707, Extensión 604 y 605). Para mayor información consultar el siguiente enlace https://formacion.mspas.gob.gt/
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Ver TrámiteInformación proporcionada por: Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social -MSPAS-