Trámite

Renovación para Centro de Radioterapia -DRACES-

La emisión de la Licencia Sanitaria, es el procedimiento por el cual el Departamento otorga la autorización para la instalación y funcionamiento de los Establecimientos, luego de haber cumplido con los requisitos para la habilitación, registro y autorización establecidos en el Acuerdo Gubernativo No. 376-2007 y las normativas específicas. La licencia sanitaria tendrá vigencia de 5 años, salvo por infracciones al Código de Salud, Leyes, Reglamentos y Normas Técnicas sanitarias vigentes en el país y su validez será para el establecimiento identificado con los datos registrados en la misma. La licencia sanitaria debe estar a la vista del público.

Normativa

No cuenta

Requerimientos

  1. Llenar Formulario de Solicitud Anexo A de Cartera de Servicios del Departamento debidamente llenado, solicitando el servicio a requerir, el cual debe descargar de la página del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social: www.mspas.gob.gt
  2. Persona jurídica
    Si es Sociedad Mercantil debe presentar fotocopia legible de los siguientes documentos: a. Testimonio de Escritura pública de constitución de la sociedad con su razón de inscripción b. Acta notarial de nombramiento del representante legal debidamente inscrita en el Registro Mercantil c. Documento Personal de Identificación (DPI) del representante legal d. Patente de Comercio de la Sociedad y de Empresa Mercantil e. Constancia / Actualización del Registro Tributario Unificado -RTU- de la SAT Si es Sociedad Civil u Organización No Gubernamental (Fundaciones y Asociaciones sin fines lucrativos) debe presentar fotocopia legible de los siguientes documentos: a. Testimonio de Escritura pública de constitución de la misma con su razón de inscripción b. Acta notarial de nombramiento del representante legal c. Registro de la inscripción de nombramiento del representante legal en el Registro de las Personas Jurídicas del Ministerio de Gobernación d. Documento Personal de Identificación (DPI) del representante legal Si es Organización Gubernamental debe presentar fotocopia legible de los siguientes documentos: a. Acuerdo Ministerial o Decreto de creación b. Nombramiento del Director o Representante Legal c. Documento Personal de Identificación (DPI) del director o representante legal d. Constancia / Actualización del Registro Tributario Unificado -RTU- de la SAT
  3. Si es Persona Individual (único propietario o copropiedad) debe presentar fotocopia legible de los siguientes documentos: a. Documento Personal de Identificación (DPI) del propietario o copropietarios. b. Patente de Comercio de Empresa Mercantil c. Constancia / Actualización del Registro Tributario Unificado -RTU- de la SAT d. En caso de copropiedad: Acta notarial de nombramiento del Representante legal o Factor debidamente inscrita en el Registro Mercantil
  4. Listado del personal que labora en el establecimiento y cargo que desempeña.
  5. Según el Listado del numeral 4 adjuntar los siguientes documentos, ordenados por persona: a. Fotocopia legible de ambas caras del Título de Médico y Cirujano y Título de especialidad de Radiólogo del responsable del establecimiento. * b. Fotocopia legible de ambas caras del Título Universitario de Médico y Cirujano y de especialidad en Radiología de los profesionales, que laboran en el establecimiento. * c. Fotocopia legible de ambas caras de Diplomas o Títulos del personal técnico en radiología que labora en el establecimiento * d. Fotocopia de DPI e. Certificación original de Colegiado Activo vigente del profesional responsable del establecimiento y de todos los profesionales que brindan atención en salud en el establecimiento. f. Fotocopia de Tarjeta de Salud o Constancia de Buena Salud original vigente (según requisitos establecidos en el Acuerdo Ministerial No. 179-2019) de todo el personal (profesional y técnico) que labora en el Establecimiento. g. Constancia de Vacunación contra la Hepatitis B o en su defecto resultado de laboratorio de los niveles de anticuerpos, firmado y sellado por profesional responsable, del personal que presta la atención en salud. h. Constancia del Registro Nacional de Agresores Sexuales -RENAS- del Ministerio Público para todo el personal que labore en el establecimiento. Según Decreto Número 22-2017.
  6. Guía de Habilitación (Anexo C) y carta compromiso, firmada, sellada y con fecha reciente (menor a un mes) por el propietario, representante legal o profesional responsable, la cual debe ser descargada de la página del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social: www.mspas.gob.gt
  7. Fotocopia de la Licencia de Operación, Operador (es) y del Encargado de Protección Radiológica -EPR- vigentes otorgadas por el Departamento de Protección Radiológica de la Dirección General de Energía Nuclear, otorgada por el Ministerio de Energía y Minas (24 calle 21-12 zona 12 Guatemala Tel/ 24770746/47).
  8. Fotocopia simple del Dictamen Técnico de la Licencia de Operación, otorgado por el Departamento de Protección Radiológica de la Dirección General de Energía Nuclear, del Ministerio de Energía y Minas.
  9. Fotocopia legible del Certificado emitido por la empresa que realiza el manejo de desechos sólidos hospitalarios, el cual debe estar vigente por un plazo no menor de tres meses, según Acuerdo Gubernativo 509-2001.
  10. Plano y/o croquis en papel bond, con descripción de ambientes en metros cuadrados y debidamente identificadas todas las áreas del establecimiento.
  11. Si el establecimiento se ubica fuera del Departamento de Guatemala y no tiene constancia de supervisión de DRACES, adjuntar el Certificado de habitabilidad original, extendido con fecha no mayor de seis meses y firmado por el Coordinador Municipal de Salud (Director del Centro de Salud), según Oficio Circular 191-2019 emitido por la Dirección General del SIAS. (Direcciones Departamentales de Redes Integradas de Servicios de Salud). Si el establecimiento tiene constancia de supervisión aprobada de DRACES con fecha menor a un año, adjuntar la copia entregada durante la supervisión.

Pasos

1.Ingresar al portal web del MSPAS: https://www.mspas.gob.gt/ 

2.Ingresar al apartado de “Servicios” y posteriormente a “DRACES”

3.Seleccionar el trámite que desea realizar ante el Departamento:

a. Apertura de Establecimiento

b. Renovación de Establecimiento

c. Traslado de Establecimiento

d. Modificación de Licencia Sanitaria

e. Cierre de Establecimiento

f. Autorización de Jornada Médica

4.Descargar los formularios de Solicitud, Requisitos y Guía de habilitación según la categoría del establecimiento.

5.Completar la información que se le solicita en los documentos descargados. El formulario de Solicitud y la Guía de habilitación debe llenarlo de manera digital o a mano. Si es a mano que sea con letra clara y legible.

6.Completar la documentación requerida para conformar el expediente en el orden que aparecen en el listado de requisitos, de preferencia en folder tamaño oficio y con gancho.

7.Foliar el Expediente de acuerdo al orden del listado de los requisitos.

8.Presentar el expediente físico en DRACES (Avenida Bolívar 28-07 zona 8, segundo nivel) para ser revisado por la Unidad de Autorización y Acreditación, en donde se le confirmará la categoría a la cual pertenece su establecimiento y el arancel a pagar, según el Acuerdo Gubernativo 53-2022 y el Acuerdo Gubernativo 68-2023.

9.Descargar el Formulario de Boleta de Pago que se encuentra en el apartado de Aranceles, en el cual le indica el monto a pagar de acuerdo al tipo de establecimiento.

10.Realizar el pago del arancel correspondiente de acuerdo a la tabla adjunta. Adicional al Formulario de Boleta de Pago, presentar la boleta de depósito del Banco de Desarrollo Rural –BANRURAL-  en el Departamento en donde se le emitirá el Recibo 63-A2 (Recibo de Ingresos Varios de la CGC) y se le entregará original y fotocopia. La fotocopia debe adjuntarla al expediente. El pago debe realizarse a la cuenta monetaria BANRURAL No. 3621014128 a nombre de FONDO PRIVATIVO – DRACES.

a. No se gestionarán reintegros, complementos o reversiones por errores en el pago de aranceles y multas.                                                                                                                                                                                                                                                                                                                

b. Forma de pago en Banrural: únicamente efectivo, transferencia de Banrural a Banrural y/o cheque propio o cheque de caja. NO SE ACEPTA TRANSFERENCIA ACH, NI CHEQUES DE OTROS BANCOS.

11.Luego de realizar el pago, presentar el expediente nuevamente a la Unidad de Autorización y Acreditación, si éste cumple con los requisitos y aprueba la supervisión, DRACES emitirá la Licencia Sanitaria en el plazo indicado.

NOTA: No realizar el pago de arancel hasta asegurar que la documentación e información descrita en los documentos correspondan con la categoría de su establecimiento

IMPORTANTE

a. En el caso de cambio de nivel o categoría del Establecimiento, deberá realizar el procedimiento de cierre de éste (ver requisitos de cierre), y posteriormente realizar el trámite de apertura del nuevo Establecimiento (la nueva categoría del Establecimiento).

b. Si su Establecimiento se encuentra categorizado como Sanatorio o Casa de Salud, deberá cumplir con las condiciones descritas en la Norma Técnica No. 20-2021-DRACES HOSPITALES.

c. Si el establecimiento se ubica fuera del Departamento de Guatemala y no tiene constancia de supervisión de DRACES, se debe adjuntar el Certificado de habitabilidad original extendido con fecha no mayor de seis meses y firmado por el Coordinador Municipal de Salud (director del Centro de Salud), según Oficio Circular 191-2019 emitido por la Dirección General del SIAS (Direcciones Departamentales de Redes Integradas de Servicios de Salud). Si el establecimiento tiene constancia de supervisión aprobada de DRACES con fecha menor a un año, se adjunta la copia entregada durante la supervisión.

d. Los títulos y diplomas que se presentan en DRACES, deben estar debidamente acreditados con el sello de registro en el Departamento de Formación y Educación en Salud de la Dirección de Formación, Educación e Investigación en Salud del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (9ª. Avenida 14-65 Zona 1, Guatemala. Tel: 2492-0707, Extensión 604 y 605). Para mayor información consultar el siguiente enlace https://formacion.mspas.gob.gt/

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Información proporcionada por: Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social -MSPAS-