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Licencia de calibración de equipo de despacho o surtidores de productos petroleros en estaciones de servicio y depósitos de almacenamiento
Se otorga una licencia de calibración de equipos de despacho o surtidores de productos petroleros en estaciones de servicio y depósitos de almacenamiento para que los despachos de combustible a través de los equipos de despacho a los vehículos sea exacto.
Normativa
Ley de Comercialización de Hidrocarburos Decreto No. 109-97 y su Reglamento, Acuerdo Gubernativo No. 522-99.
Requerimientos
A continuación, se detallan los documentos que debe cargar al sistema, pueden ser originales emitidos en forma electrónica o copias digital en formato PDF, de manera separada, así mismo, todos los documentos a presentar deben de estar vigentes a la fecha:
Para una persona individual: ● Documento Personal de Identificación (DPI) o pasaporte si fuera extranjero. ● Patente de Comercio de Empresa. ● Constancia del Registro Tributario Unificado (RTU).
Para una persona jurídica: ● Documento Personal de Identificación (DPI) o pasaporte si fuera extranjero. ● Testimonio de la Escritura Constitutiva (con inscripción definitiva en el Registro Mercantil). ● Acta de Nombramiento de Representante Legal (vigente e inscrito en el Registro Mercantil). ● Constancia del Registro Tributario Unificado (RTU). ● Patente de Comercio de Empresa. ● Patente de Comercio de Sociedad.
Para ambas personerías, adjuntar los siguientes formularios y documentos: ● CAL-01 “Formulario solicitud trámite de licencia de calibración para autotanques, tanques estacionarios o equipo de despacho“. ● Descripción del procedimiento de calibración, importante: Indicar que revisará manuales técnicos de los equipos de despacho, emitidos por los fabricantes de los mismos y que realizará la calibración tomando en cuenta la metodología recomendada en dichos manuales. ● Métodos aceptados en la industria petrolera para calibrar equipo de despacho en estaciones de servicio o de depósitos de almacenamiento, en idioma español: ○ Manual de estándares de mediciones para petróleo, del Instituto Americano de Petróleo, capitulo 6 “Sistemas de Medición de dispensadores en Estaciones de Servicio”, del Instituto Americano de Petróleo o Sección 3.30 del Manual NIST 44 de Especificaciones, Tolerancias y otros requerimientos técnicos para dispositivos de medición, o sección equivalente a la sección anterior de la versión más reciente del referido manual. ● Certificaciones de cursos de capacitación recibidos para efectuar calibraciones o constancias de experiencia como calibrador de equipo de despacho, emitidos por empresas distribuidoras de este tipo de equipos, o entidades especializadas en el funcionamiento y soporte técnico del mismo. Estas certificaciones y constancias deben acreditar a las personas que realizarán la actividad de campo y a quienes firmarán los reportes y certificaciones de las calibraciones en nombre de la empresa solicitante. ● Certificación de fecha reciente que haga constar que el equipo de medición volumétrica a utilizar ha sido calibrado por medio de un patrón trazable y que cumple las especificaciones correspondientes a su volumen. ● Reporte que utilizará para dejar constancia de las calibraciones efectuadas cada vez que realice las mismas y para remitir a la Dirección General de Hidrocarburos. ● Fotografías de equipo de medición volumétrica; ○ Herramienta ○ Conos de prevención ○ Cinta de Seguridad ○ Equipo de protección personal ○ Extintor ○ Vehículos ● Adjuntar muestra del tipo de marchamo que va a emplear.
Descargar formulario: Debe ser llenado, impreso, firmado y digitalizado para cargarlo al sistema en el espacio que le corresponde. CAL-01
Pasos
1. Al completar los documentos solicitados en los requisitos, debe continuar el trámite digitalmente en el siguiente link: https://servicios.mem.gob.gt/
2. Debe crear un usuario y contraseña (adherirse al sistema y a las notificaciones electrónicas), o si ya cuenta con usuario solamente debe ingresar al sistema.
3. Seleccione el tipo de trámite a realizar y cargue al sistema los documentos.
4. Verifique en su casillero y correo electrónico el resultado final de su gestión.
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Ver TrámiteInformación proporcionada por: Ministerio de Energía y Minas -MEM-