Trámite

49. Certificado de hato en control y/o libre de brucelosis y tuberculosis

Certificado de hato en control y/o libre de brucelosis y tuberculosis

Normativa

Decreto 36-98 Ley de Sanidad Vegetal y Animal, Acuerdo Gubernativo 745-99 Reglamento de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, Acuerdo Gubernativo 338-2010 Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería yAlimentación, Acuerdo Ministerial 495-2006 Disposiciones zoosanitarias para la declaración obligatoria de enfermedades en especies animales, Acuerdo Gubernativo 576-84 Reglamento para el Control y Erradicación de Brucelosis, Tuberculosis y Rabia en los Animales domésticos.

Requerimientos

—Resultados de prueba de laboratorio para diagnóstico de brucelosis —Resultados de prueba de campo para diagnóstico de tuberculosis —Constancia de inscripción en SINAT-GT actualizado

Pasos

—Descargar y llenar formulario disponible en www.maga.gobt.gt.

—Presentar formulario de solicitud, adjuntando los requisitos que establece la normativa legal vigente.

—Atender observaciones, si las hubiere.

—Recoger permiso.

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Información proporcionada por: Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación -MAGA-