Trámite

NATURALIZACIÓN CONCESIVA

Son guatemaltecos quienes obtengan su naturalización, de conformidad con la Ley. Los guatemaltecos naturalizados tienen los mismos derechos que los de origen, salvo las limitaciones que establece la Constitución Política de la República de Guatemala.

Normativa

Articulo 146 de la Constitución Politica de la República de Guatemala, Articulo 133 de la Ley de Nacionalidad Decreto 1613 y sus reformas. Decreto 86-96, Articulo 5 y 65 de la Ley de Nacionalidad.

Requerimientos

Pasaporte Original, Antecedentes Penales y Policíacos, Boleto de Ornato, Certificado de Extranjero Domiciliar, Certificado de Control Migratorio, Certificado de Matrimonio ( si es casado), Certificado de Nacimiento, Constancia de Nacimiento del País de Origen y Constancia del Flujo Migratorio (entradas y salidas del país Guatemala a su país de origen)

Pasos

solicitud digirida al Gobernador Departamental acompañada de DPI,

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Información proporcionada por: Gobernación Departamental de Huehuetenango