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Permiso de Transporte Departamental -DRCA-

Licencia sanitaria que se otorga a vehículos de las plantas procesadoras de alimentos o los subcontratados por las mismas para transportar sus alimentos procesados o materias primas en los Departamentos de Guatemala.

Normativa

  1. Reglamento para la Inocuidad de los Alimentos Acuerdo Gubernativo 969-99 Art. 22
  2. RTCA 67.01.33:06 Industria de Alimentos y Bebidas Procesados. Buenas Prácticas de Manufactura. Principios Generales.

Requerimientos

  1. Copia simple de las licencias Sanitarias de las empresas a las cuales se les prestará el servicio de transporte.
  2. Copia simple de las tarjetas de salud vigente de los pilotos y operarios de la carga.
  3. Copia simple de las tarjetas de circulación de los vehículos.
  4. Copia simple de las licencias de conducir vigentes de los pilotos.
  5. Comprobante de pago (Recibo 63-A) de tasa arancelaria por permiso de transporte metropolitano.

Pasos

1. Ventanilla Alimentos, recepción de documentos que conforman la solicitud, revisión de expediente con el fin de verificar que contiene la totalidad de requisitos requeridos.
2. Ventanilla de Alimentos, si la documentación se encuentra completa acepta la solicitud, emite contraseña y la entrega al usuario solicitante. [ir a paso 4]
3. Si la documentación no se encuentra completa no acepta la solicitud e informa al solicitante que deberá completar la solicitud conforme a requisitos establecidos [fin procedimiento].
4. Ventanilla de Alimentos envía solicitud a la Unidad de Autorizaciones Sanitarias.
5. Evaluador UAS, recibe expediente y verifica que toda la documentación este completa y cumpla con todos los requisitos.
6. Evaluador UAS, si la documentación se encuentra incompleta, se solicitará al usuario que complete los requisitos de manera física o electrónica. [Después de recibir la información, regresa a paso 5]
7. Evaluador UAS, si la documentación se encuentra completa envía el expediente al programa de la Unidad de Monitoreo, Vigilancia y Control correspondiente para realizar la inspección del vehículo.
8. Inspector del Programa UMVC, recibe el expediente y coordina la fecha y hora de inspección con el propietario del vehículo. 
9. Inspector del programa UMVC, realiza la inspección a vehículo (s). En caso de que no cumpla con criterio de la “ficha de inspección de transporte de alimentos procesados” [ir a paso 10]. Si cumple con el criterio de la “ficha de inspección de transporte de alimentos procesados” [ir a paso 11].
10. Inspector del programa UMVC, solicitará al usuario subsane los incumplimientos y se reprograma la inspección del vehículo.
11. Inspector del programa UMVC, envía expediente al evaluador UAS adjuntando al mismo tiempo al expediente la “ficha de inspección de transporte de alimentos procesados” en original.
12. Evaluador UAS, recibe expediente, digita información en base de datos, generar e imprime la tarjeta de autorización de transporte de alimentos procesados y seguidamente enviar la tarjeta a Jefatura para firma.
13. Jefatura DRCA, recibe, firma y sella la tarjeta de autorización de transporte de alimentos procesados, devuelve a evaluador UMVC.
14. Evaluador UMVC, recibe la tarjeta de autorización de transporte de alimentos procesados firmada, elabora envío y traslada la tarjeta a la Ventanilla de Alimentos.
15. Ventanilla Alimentos, recibe envío con la tarjeta de autorización de transporte de alimentos procesados y entrega al usuario cuando éste presente la contraseña respectiva.

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Información proporcionada por: Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social -MSPAS-