Trámite

AUTORIZACIÓN PARA LICENCIAS DE RIFAS Y SORTEOS

amortización de números, boletos, tikets, etc. con el fin de realizar sorteos o rifas.

Normativa

Fundamento Legal: Artículo 28 de la Constitución Política de Guatemala;  Ley de Impuesto Sobre la Renta, Articulo 5, literal k).

Reglamento para Loterías, Rifas y Juegos que lleven a cabo personas particulares y sus respectivos derechos, de fecha 18 de mayo de 1956; Artículo 1, 2, 4, 5, 6,10, 12 del Decreto 1610; Artículo 1º del Acuerdo Presidencial del 09.08, 1968. Acuerdo Gubernativo 14.11.1967; Acuerdo Presidencial 18.05.1956,

Requerimientos

  1. Fotocopia de DPI o pasaporte del solicitante o Representante Legal.
  2. Fotocopia de la Patente de Comercio de Empresa (si es comerciante individual patente de comercio persona individual y de sociedad si es persona colectiva).
  3. Fotocopia de la Patente de Comercio de Empresa ( si es comerciante individual).
  4. Fotocopia de Patente de Comercio de Empresa y de Sociedades (si es persona colectiva).
  5. Comprobante de pago de la Municipalidad por el 10% de la emisión de los Bingos, Rifas y Sorteos.

Pasos

  1. Ingresar al Portal (http://www.gobernacionbajaverapaz.gob.gt/)
  2. Descargar el Formulario
  3. llenarlo
  4. enviar el formulario al correo (udi_.gobernacionbajaverapaz.gob.gt)

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Información proporcionada por: Gobernación Departamental de Baja Verapaz