Trámite

Venta de Talonario de Recetas de Estupefacientes -DRCPFA-

Este proceso tiene por objeto establecer los lineamientos a seguir para el registro de la compra de talonarios de recetas de estupefacientes por parte de los médicos tratantes que recetan este tipo de medicamentos. Este proceso se solicita al MSPAS a través de la Sección de Sicotrópicos, Estupefacientes, Importaciones y Exportaciones. En caso de extravío o sustracción de un talonario de recetas el médico está obligado a reportarlo inmediatamente a El Departamento.

Normativa

NT 16-2002

Requerimientos

  1. Comprobante de pago por derecho de trámite (V-CC-G-001).
  2. F-SI-f-12: Solicitud para la Compra de Talonario.

Pasos

1. El usuario debe descargar de la página web del Departamento de Regulación y Control de Productos Farmacéuticos y Afines (www.medicamentos.mspas.gob.gt), el formulario F-SI-f-12. 
2. El usuario debe llenar adecuadamente el formulario que le corresponden, preparar el expediente cumpliendo con todos los requisitos establecidos en las normas técnicas aplicables y realizar los pagos correspondientes al trámite de Inscripción, para ello debe descargar la Boleta de Pago V-CC-G-001 Arancel por servicios prestados por el Departamento de Regulación y Control de Productos Farmacéuticos y Afines e la Dirección General de Regulación, Vigilancia y Control de la Salud, marcando el arancel correspondiente a Venta de recetario.
3. Con la boleta de pago el usuario debe realizar el pago respectivo en el banco que la misma boleta le indique y dirigirse a las instalaciones del Departamento de Regulación y Control de Productos Farmacéuticos y afines, con los siguientes documentos:
 Boleta de pago V-CC-G-001 versión vigente.
 Boleta de depósito.
 Expediente completo. 
4. El usuario debe ingresar la Boleta de Pago y el depósito a la Ventanilla 63-A2 para la generación del recibo 63-A2.
5. El usuario debe ingresar el expediente completo a la Sección de Sicotrópicos, Estupefacientes, Importaciones y Exportaciones.
6. El expediente se entrega a un la Secretaría de la Sección y procede a evaluar que el expediente venga completo y que el médico se encuentre debidamente registrado ante esta Sección.
7. Si se encuentra algún incumplimiento se emite nota de rechazo y se devuelve al usuario.
8. Si la evaluación cumple se procede a registrar en la base de datos el nombre del usuario en el número de talonario que corresponde 
9. Se le entrega al usuario el talonario respectivo.
10.  La Secretaria de la Sección procede a archivar el expediente en el lugar respectivo.

Ir al trámite en línea

Ver Trámite

Información proporcionada por: Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social -MSPAS-