Trámite

Trámite y procedimiento de denuncia ambiental

Reglamento de la Ley de Creación de la AMSCLAE. Artículo 8 inciso j). “Recibir denuncias por hechos que afecten el ambiente y los recursos naturales de la cuenca del Lago de Atitlán, cursando las mismas de manera inmediata a la Procuraduría General de la Nación, para que ésta en defensa de los intereses del estado, ejerza las acciones legales en contra los sujetos sindicados; así como a la autoridad municipal correspondiente para que implemente de manera urgente las acciones correctivas, mitigatorias o preventivas necesarias”.

Normativa

Reglamento de la Ley de Creación de la AMSCLAE. Artículo 8 inciso j).

Requerimientos

Requisitos: Documentos que deben adjuntar de forma electrónica:

  •      Documento Personal de Identificación -DPI- y/o pasaporte.
    
  •      Documento que identifica claramente el hecho que va a denunciar adjuntando las pruebas correspondientes si las hubiere.
    
  •      Si se hiciere de forma anónima, únicamente debe de ser concreto y claro el hecho que se está denunciado, y si se tuvieren fotos adjuntarlas.

Pasos

Llenar el formulario en línea.

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Información proporcionada por: Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca del Lago de Atitlán y su Entorno -AMSCLAE-